CODIGO DE ETICA

CODIGO DE PARA LA JUNTA DIRECTIVA (BOD) DE NACAO
Una palabra al miembro de la Junta Directiva.
Tan satisfactorio como pueda ser servir en la junta Directiva, muchos Directores tambien lo encontraran frustrante. Diferentes Directores pueden tener opiniones diversas de cómo deben conducirse las cosas, y usted, a veces, sentira que los otros no estan haciendo su parte.

La interacción con los empleados podra tener altibajos, y quizás lo acusen de micro manejar los negocios. Otras veces lo que usted tiene que hacer le va a parecer insignificante. Las reuniones le van a parecer llenas de detalles administrativos y lo que usted quiere es tener discusiones importantes sobre el servicio a las organizaciones que representa.

Este código es para usted y para los otros Directores, Su propósito es establecer un marco en el cual usted pueda trabajar más efectivamente, y en el cual pueda contribuir en una forma significativa al funcionamiento del la Junta Directiva y de NACAO.

Aunque una de las cualidaddes de nuestra comunidad Colombo-Americana es la educación y preparación profesional, es apropiado recordar los principios básicos de etiqueta y de ética que deben regir a toda la organización y muy en especial a la Junta Directiva.

1. - RESPETO. Respeto a las personas y al derecho de libre expresión y pensamiento.
2. - TOLERANCIA. Tolerancia a la diversidad ideológica y cultural de la organización.
3. - CORTESIA. - La cortesia garantiza el limpio ejercicio de la diserción y de la disención.
4. - HONESTIDAD. Comunicarse claramente sin intenciones o intereses ocultos que atenten contra la organización.
5. - INSTITUCIONALIDAD No olvidar en ningún momento la Misión y la Visión de NACAO; recordar que es una organización no religiosa, no partidista y no lucrativa
6. - LEGALIDAD. Obrar siempre dentro de las leyes de los Estados Unidos, las del Estado donde se resida y de acuerdo a la constitución y estatutos de NACAO.
7. - PULCRITUD. Al momento de escribir procurar el mejor manejo del idioma, auxiliandose adecuadamente para no cometer faltas de ortografia que ofendan a los lectores.
8. - IDIOMA. NACAO reconoce el uso tanto del Español como del Inglés e idiomas oficiales, evitando el uso desmedido del "Spanglish".
9. - PROFESIONALISMO. Al debatir o al discernir sobre un tema, se debe profesionalmente, debatir las ideas, discernir constructivamente y no emprender discusiones o ataques personales
10. - CONVERGENCIA. Buscar en todo momento el factor común que lleve a la unión y el entendimiento como organización.

PREAMBULO

El presente Código de Etica para el "Board of Directors" (BOD) o Junta Directiva de NACAO ha sido extraido de la normatividad que aplica en el Sector "Nonprofit" de los Estados Unidos y adaptado a la condición y naturaleza de la Asociación.

Como el empoderamiento de NACAO depende de la acumulación de Capital Social por parte de la Asociación y como la conducta de la Junta Directiva afecta directamente dicha acumulación, es imprescindible que se revista de un cuerpo de normas y éticas que regulen y legitimen su conducta. El funcionamiento de cada miembro (Director) de la Junta Directiva sera eficiente en la medida en que se ajuste a las normas tipificadas en el presente Codigo, las cuales normas seran de estricto acato y cumplimiento.

El presente Código de Etica va mas alla del minimo de requerimientos legales aplicables, pues su objetivo es asegurar la gobernanza etica de NACAO.

El presente Código de Etica no pretende alterar los valores de los miembros de la Junta Directiva, sino manejar los valores de este cuerpo y resolver los conflictos de valores que alli surgieren.

La Junta Directiva se obliga a velar porque sus nuevos miembros se familiaricen con el Código y se rijan por él.


RESPONSABILIDADES DE LA JUNTA DIRECTIVA

1. - Conocer y respetar la Misión de NACAO, determinando las estrategias, los programas y las prioridades para apoyarla.
2. - Asegurarse de que NACAO cumple con las leyes y regulaciones de las organizaciones sin motivo de lucro.
3. - Asegurarse de que NACAO usa sus recursos en apoyo a la realización de su Misión, tal como se exprese en el propósito de exención de impuestos.
4. - Defender los haberes de NACAO del abuso, del desperdicio y del robo.
5. - Seleccionar, contratar y evaluar el funcionamiento del Director ejecutivo y los otros empleados de la organización tal como lo determinan los Estatutos, incluyendo su despido si fuese necesario.
6. - Tener conocimiento adecuado de las operaciones de la organización y estar en control de las decisiones importantes, estableciendo sus códigos y procedimiento que de hecho habrán de contemplar las respectivas sanciones y de la entrega de cuentas a la Asamblea General.
7. - Asegurarse de que NACAO cumple con las regulaciones Federales, Estatales, Locales y Contractuales.
8. - Asegurarse de tener un presupuesto realista que maximize el uso de los recursos.
9. - Desarrollar las estrategias para conseguir fondos.
10. - Asegurarse de que su trabajo es ético y efectivo

DEL TRATO INTERPERSONAL ENTRE LOS DIRECTORES

a. El trato interpersonal entre Directores (Incluyendo Coordinadores y Veedores) se basará en el mismo grado de respeto y consideración que un funcionario razonablemente prudente debe demostrar a los colegas que llevan en sus manos similares responsabilidades y derechos.
b. Comentarios o hechos, por parte de cualquier Director, que negligentemente o ex profeso vulneren el buen nombre o la dignidad de otro Director, seran traidos al pleno de la Junta Directiva por escrito (incluye el formato en E-mail) para su exámen, ya por el Director vulnerado o por cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
c. La Junta Directiva en pleno debera evacuar el exámen de la materia en un periodo no mayor a una (1) semana a partir de la fecha en que se radique por escrito la queja, ya sea fallando con un veredicto de inocencia, o de amonestación y/o punición al Director acusado. La amonestación o punicion sera determinada con el uso de razonable prudencia por medio del voto plenario de la Junta Directiva.
d. Si el Director vulnerado no quedase satisfecho con el veredicto de la Junta Directiva, podrá apelar el caso en segunda instancia, por escrito y en el termino de una (1) semana a partir de la expedicion del veredicto de la Junta Directiva ante la Veeduria de NACAO, la cual procederá de acuerdo con las normas que para el asunto esten estipuladas en su Código de Procedimiento y rendira veredicto en una (1) semana a partir de la apelacion escrita del Director vulnerado.
e. Si el veredicto escrito por parte de la primera o de la segunda instancia fuese el de suspención temporal del Director culpable, la Junta Directiva en pleno o por interpuesto/s Director/es encargado/s, deliverara junto con la Veeduria sobre los expedientes necesarios para que las operaciones normales de la Junta Directiva no se vean afectadas por la suspención.
f. Si la gravedad de la ofensa ameritase expulsar de la Junta Directiva al Director culpable, este cuerpo y la Veeduria de NACAO someteran conjuntamente la materia por escrito a las asociaciones de la zona que fuese representada por el Director acusado, dentro de un periodo de una (1) semana a partir de la expedición del veredicto.
g. En este caso, el Director acusado permanecera suspendido del ejercicio de su cargo hasta que la zona decida la materia, la comunique por escrito a la Junta Directiva y a la Veeduria y estas dos entidades coincidan o no con la determinación de la zona afectada.
h. En caso de desacuerdo, ya sea por parte del BOD y/o de la veeduria, con la determinación de la zona afectada, la materia se llevará por escrito y en un término no mayor a una (1) semana a una terna de arbitramento compuesta por el Director General, El Director Ejecutivo y uno de los Veedores. La terna de Arbitramento deberá rendir un verdicto final e inapelable en un periodo no mayor a una (1) semana.
i. En caso de incumplimiento en cualquiera de los plazos arriba estipulados, se seguirá con tribunal de garantías que habrá de encargarse de los desacuerdos y disputas administrativas para cargos y descargos el cual de igual manera habra de ser establecido por un Comité recomendado por la mayoría de los directores.

TRANSPARENCIA

Como es de uso corriente en el sector de las asociaciones no gubernamentales en Estados Unidos, la Junta Directiva de NACAO debe ser voluntariamente transparente y cada uno de sus miembros sera accesible al público o a quien exprese interés por conocer de la organización, sus operaciones o la conducta de la Junta Directiva o de cualquiera de sus Directores.

La Junta Directiva rendirá cuentas, sin perjucio de sus obligaciones estatutorias, a quien las solicite por escrito y con justificacion adecuada. Dicho rendimiento de información o cuentas se manejará con respeto, veracidad, buena voluntad y exhaustividad de datos. Nada eleva o empaña mas la imágen de una organización que el buen o el mal manejo de las relaciones públicas por parte de su Junta Directiva

ACCOUNTABILITY

La Junta Directiva, como cuerpo colegiado, sera responsable por toda o cualquier infracción al presente Código de Etica. Sobre esta materia, la Veeduria de NACAO ejecutará la fiscalizacion estipulada en su Código de Procedimientos.

Toda Asociación sin ánimo de lucro, o no gubernamental, depende del apoyo y la confianza pública, por lo cual las operaciones de la Junta Directiva de NACAO deben cimentarse en la integridad, el candor, la equidad y la credibilidad.

En consecuencia, la Veeduria de NACAO afrontará y se responsabilizará de traer a estudio y veredicto toda y cualquier contravención al regimen judicial que aplica en Estados Unidos en que razonablemente pareciese haber incurrido la Junta Directiva o cualquiera de sus miembros. La anterior fiscalizacion la ejecutará la Veeduria por su cuenta o por solicitud de cualquier miembro de NACAO, de acuerdo a lo siguiente:

Infidelidad a NACAO: consistente en descuidar, lesionar o permitir lesionar la reputacion y los intereses de la Asociación.

Conflicto de intereses según la siguiente definición: Conflicto de interes ocurre cuando los intereses personales o profesionales de un Director estan potencialmente en desacuerdo con los mejores intereses de la organización (expandir).

Intervencion en politica: Consistente en tomar parte en actos privados o públicos encaminados a apoyar y/o adelantar de hecho o de palabra los propósitos de naturaleza política de cualquier grupo, movimiento o partido de carácter político en Estados Unidos o en Colombia; o de tomar una actitud verbal o de hecho en contra y/o detrimento de un grupo, movimiento o partido político.

Asimismo, formar parte de manera oficial u oficiosa de cualquier instancia o programa gubernamental, que no sea de estricta naturaleza social, cultural o humanitaria, representarlos en público o en privado y/o adelantarlos de forma remunerada o no, permanente o no, a titulo personal o como miembro o representante de una organizacion.

La Junta Directiva y cada uno de sus miembros deberan guardar total independencia de los gobiernos de Estados Unidos Y de Colombia. Deberán abstenerse de cualquier declaracion o hecho que diese la apariencia de supeditacion o entrelasamiento indebido entre ellos y dichos gobiernos. Las relaciones amistosas y profesionales entre la Junta Directiva y los gobiernos son necesarias y permisibles, siempre y cuando dichas relaciones no provoquen o instauren una perdida total o parcial de la autonomia e independencia de la Junta Directiva o de cualquiera de sus miembros.

Cuando pareciese apropiado, la Veeduria fiscalizará a la Junta Directiva o a cualquiera de sus miembros en relacion con cualquier hecho proscrito por la jurisprudencia regular de Estados Unidos, tales como, pero no limitados a: violencia verbal o fisica; falso testimonio o denuncia; abuso de autoridad; prevaricato; enriquecimineto ilicito; trafico de influencias; usurpacion o retenimiento indebido de mando; cohecho; peculado; encubrimiento; soborno; destrucción, supresión, falsificación u ocultamiento de documentación; falsedad; injuria o calumnia, manejo probadamente irresponsable o hurto de fondos públicos, y procesamiento y sentencia por cualquier delito criminal o civil a un Director.

SOBRE PROCEDIMIENTOS

Toda queja sobre la conducta ética de la Junta Directiva o de cualquiera de sus miembros, recibida en público o en privado por la Junta Directiva o por uno de sus miembros de parte de cualquier persona o entidad debera ser registrada por la parte receptora ante el Director General de NACAO y ante la Veeduria. La Veeduria procedera de inmedito a examinar la queja y a darla por insustantiva o frivola o a establecer un proceso de esclarecimiento, según su Código de Procedimientos.

Entre los miembros de la Junta Directiva no existirán grados de amistad o de oposición personales tales que dificulten o deslegitimen el eficiente rendimiento de cada Director y de la Junta Directiva en general.

Ningún grupo de directores podra tomar decisiones en nombre de la Junta Directiva en conversaciones informales, cuya deliberacion y tematica no haya sido sancionada y autorizada previamente por la Junta Directiva.

Cualquier miembro de NACAO podra traer al conocimiento de la Veeduria las contravenciones a la anterior estipulacion, y la Veeduria debera abrir inmediata investigacion sobre la materia.

Se tendrá por inválida e improcedente toda reunión o conferencia de la Junta Directiva que no cuente con un quorum establecido con antelación a la reunión o conferencia, que no cuente con una agenda previa, y que se lleve a efecto en un ambiente deliberativo caótico o intimidatorio no apto para tomar decisiones ponderadas y sensibles. Los efectos de conferencias o reuniones de esta naturaleza seran nulos.

En concordancia con las estipulaciones existentes en el sector Nonprofit en Estados Unidos, la Junta Directiva cuidara de evitar y prohibir las prácticas internas de nepotismo y fraternizacion. Por lo tanto, queda estipulado que:

Ni la Junta Directiva ni ninguno de sus miembros podran mantener relaciones de estrecha amistad con las asociaciones y/o sus miembros, ni con los Veedores y Coordinadores de NACAO, ni con el Director General de la Organización, ni con el cuerpo administrativo de ésta, que razonablemente puedan suponerse como nocivas para el cabal adelantamiento de los intereses de NACAO o para la efectividad y reputacion profesional de sus partes componentes y sus miembros.

Cada miembro declarará de una manera sincera la cantidad de tiempo que razonablemente le puede dedicar a NACAO, en términos mensuales, y si puede participar en los eventos, asambleas, teleconferencias, etc. que conforman las obligaciones especificas y necesarias de un miembro de la Junta Directiva. Analoga declaracion hara sobre su compromiso de participar en las asignaturas que pudiesen de tiempo en tiempo caer sobre cada director o sobre todos conjuntamente.

VALIDEZ Y APLICABILIDAD DEL PRESENTE CODIGO DE ETICA

Las normas estipuladas en el presente Código de Etica son de obligarotio uso y acato. Si alguna de las normas estipuladas en el presente Código estuviesen en abierto y corroborable conflicto con alguna/as de las disposiciones de los Estatutos de NACAO, primarán los Estatutos.

No obstante, atendiendo al hecho de que NACAO es por ahora una organización incipiente y que los Estatutos no han obtenido aun su optima expresión, la veeduria estudiará el conflicto especifico entre una norma del Codigo y una/s disposición/es de los Estatutos, con el expreso fin de determinar si aquéllas norma o esta disposición debe ser estudiadas intentando definir cual prima, segun los estandares mas elevados del análisis ético. Si la Veeduria determinace que los Estatutos priman, la norma cuestionada seré anulada. Si la norma primase, la materia sera traida a la proxima Asamblea General para determinar la enmienda pertinente a los estatutos.

EPILOGO

De acuerdo a los Estatutos, la Junta Directiva puede crear los comités que considere necesarios para desarrollar su Misión, es importante que se establezcan comités de la Junta Directiva, que garanticen su buen funcionamiento.

1. - Comité de programacion para revisar y facilitar el trabajo de los comités de trabajo (Político, Social, Cultural, Inmigración, etc.)
2. - Comité de desarrollo de los miembros de la Junta Directiva y para nominar el Director General, el Secretario, el Tesorero y el Director Ejecutivo y para orientar y entrenar a los nuevos miembros.
3. - Comité Ejecutivo, compuesto por El Director General, el Secretario, el Tesorero y el Director Ejecutivo.
4. - Comité de Auditoria, para entrevistar y recomendar auditores, para revisar los reportes de auditoria y para efectuar el seguimiento de las recomendaciones de los auditores.
5. - Comité de Personal para recomendar candidatos a los trabajos de la organización, para establecer salarios, beneficios, revisiones, aumentos, etc.


Doce Preguntas para afrontar Dilemas Eticos.
1. Ha definido el problema acerctadamente?
2. Como definiria el problema si estuviera al otro lado de la cerca?
3. Para comenzar, como ocurrio esta situacion?
4. A quien o a que le da su lealtad como persona o como miembro de la corporacion?
5. Cual es su intencion al tomar esta decision?
6. Como se compara esta decision con los resultados probables?
7. Quien se perjudicara con su decision o accion?
8. Puede discutir el problema con las partes afectadas antes de tomar su decision?
9. Tiene confianza de que su posicion sera tan valida a largo plazo como lo es ahora?
10. Puede discutir sin temor sus decisiones o acciones con el Director general, la Junta Directiva, sus amigos, su familia o con la sociedad en general?
11. Cual es el potencial simbolico de su accion si es entendida? No entendida?
12. Bajo cuales condiciones usted permitiria excepciones a su posicion?
(adapted from: Nash, L. (1981). Ethics without the Sermon. Harvard Business Review, (59)

En la pagina siguiente hay un contrato que todo miembro de la Junta Directiva debe firmar por duplicado. Este contrato sintetiza las responsabilidades y compromisos de cada Director.


CONTRATO PARA MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Yo, _____________________________________ entiendo que como miembro de la Junta Directiva de NACAO, tengo la responsabilidad moral y legal de asegurarme que la organización hace el mejor trabajo posible en la obtencion de sus metas.

Yo creo en, y apoyo los propóositos y la Misión de NACAO y actuaré con responsabilidad y prudencia como su administrador.

Como parte de mis responsabilidades en la Junta Directiva, yo:

1. - Interpretare el trabajo de la organización y sus valores para la comunidad. Representaré a la organización y actuaré como su vocero cuando se me pida.
2. - Atenderé por lo menos al 75% de las reuniones, tele-conferencias, eventos especiales y reuniones de los comites a los que pertenezca.
3. - Haré contribuciones financieras a un nivel que me sea posible y ayudaré a conseguir fondos para la organización.
4. - Actuaré siempre con el mejor interés de la organización en mente, y me excusaré en las discuciones donde pueda tener un conflicto de interés.
5. - Estaré informado de lo que pasa en la organización, haré preguntas y pediré información. Participaré y me responsabilizaré tomando decisiones sobre problemas, políticas y otros asuntos de la Junta Directiva.
6. - Trabajarécon los otros Directores, Coordinadores, Veedores y empleados de NACAO, como si fueramos socios en la obtención de nuestras metas.
7. - Responderé comedidamente las consultas que se me hagan y seré pro-activo en el juicio de mi propio comportamiento.
8. - Acataré las decisiones mayoritarias así sean contrarias a mi voluntad.


Firmado:


_________________________________________ Fecha: __________________
Miembro de la Junta Directiva


Por la Junta Directiva


_________________________________________ Fecha: __________________
Director General de la Junta Directiva

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